Nota recordatoria sobre las Normas Relativas a la AR LC/FT/FPADM aplicables a los sujetos regulados por la Superintendencia Nacional de Valores
(Providencia Administrativa N° 209 de fecha 10 de diciembre de 2020, publicada en Gaceta Oficial 42.115 de fecha 28 de abril de 2021)
Como es bien conocido por los sujetos regulados por la Superintendencia Nacional de Valores, en especial a los Inversionistas Personas JurĂdicas y Naturales, a solicitud de las Casas de Bolsas y Sociedades de Corretajes, deben consignar una serie de documentos, con el objeto de mantener actualizada el expediente correspondiente.
Algunos de estos requisitos son los siguientes:
- Personas JurĂdicas: Balance General (Estado de SituaciĂ³n Financiera segĂºn las NIIF), a la fecha de cierre mĂ¡s reciente.
- Personas Naturales: Constancia de Trabajo Actual, o Informe de atestiguamiento de ingresos emitidas por Contador PĂºblico Colegiado.
Actualizar de manera regular el expediente del inversor tiene como ventaja incrementar la capacidad de inversiĂ³n y asĂ participar con una mayor participaciĂ³n en las operaciones de compras y ventas de tĂtulos valores, y obtener mayores rendimientos de acuerdo a sus estimaciones o expectativas a corto, mediano o largo plazo.
Por esta razĂ³n los invitamos a contactarnos y hacer cumplir sus metas financieras.